Los daños a la reputación de las personas son imborrables

Invitado por la Escuela Libre de Derecho, en la semana pasada participé en Foro “Límites del Estado en la persecución delictiva y su impacto en los medios masivos de difusión”, que organizó esa institución conjuntamente con la Academia Mexicana de la Comunicación. En la mesa “Daños irreversibles en la reputación a partir de una denuncia mediática”, en la cual figuraron también como ponentes la magistrada Gabriela Villafuerte Coello y la abogada Elizabeth Valderrama y el maestro Guillermo Tenorio, moderando Ernesto García Cota, se dijo que así como la reputación se construye todos los días con las actividades que desarrollen y la conducta que observen personas y organizaciones, también es vulnerable por la difusión de información generada por terceros, con la intención de dañarla.

Se mencionó que, aunque los riesgos reputacionales siempre han existido, hay tres factores que han provocado su aumento exponencial en los últimos años:

El primero es la aparición de las redes sociales y la democratización de los medios de comunicación. El aumento de la conectividad, el uso de dispositivos móviles y la utilización de redes sociales ha generado un escenario donde la comunicación es inmediata y se produce en multitud de frentes al mismo tiempo. El potencial de viralidad de una historia (y de su impacto reputacional) es elevado. Esto, unido a la democratización de los medios, ha multiplicado los canales por los que los usuarios pueden expresar sus opiniones, lo cual aumenta también las probabilidades de que se haga público contenido dañino.

El segundo factor obedece a los cambios demográficos. Las generaciones jóvenes que confían en las redes sociales para dar forma a su opinión son un segmento de consumidores cada vez más importante.

El tercer factor es la manipulación mediática financiada desde los estados. Los gobiernos de algunos países contrarios al status quo imperante a nivel global desde la II Guerra Mundial utilizan las nuevas herramientas de comunicación para manipular a la opinión pública y atacar a ciertas empresas contrarias a sus intereses.

El problema de los daños a la reputación de personas y organizaciones no es nuevo. Por un lado, la hiperconexión hace que las interacciones entre individuos, ya sean naturales o legales, sean extremadamente fáciles y rápidas, por otro lado, está claro que la posibilidad de ofender u ofenderse aumenta proporcionalmente.

El derecho a la reputación, la protección de la reputación es un aspecto que está presente en la legislación de varios países. Cae, junto con el derecho a la imagen, el nombre y el honor en el campo de los derechos de la personalidad. Ello se relaciona con el delito de difamación en caso de que alguien, al comunicarse con más personas, ofenda la reputación de los demás.

El daño a la reputación no solo se resuelve en el daño causado a la persona física, lesionada en su dignidad, sino que también se extiende al ámbito profesional y laboral de la parte lesionada. La doctrina jurídica reconoce el hecho de que el daño a la reputación también puede afectar a las personas jurídicas.

Este Foro tuvo como objetivo analizar el contexto actual, donde casos emblemáticos de procuración de justicia son exhibidos mediáticamente generando un contexto de culpabilidad adelantada para los indiciados de probables delitos, cuando aún no existe un veredicto definitivo, lo cual implica, -por una parte-, un atentado contra la presunción de inocencia a la que tenemos derecho todos los mexicanos y por otra, un daño irreparable a la reputación personal de quienes son sujetos de investigación por alguna autoridad, así como a la honorabilidad de instituciones e incluso empresas. También se propuso analizar y reflexionar sobre los límites y alcances del ejercicio coactivo del Estado en la persecución de los delitos, el impacto en el uso de redes y medios de comunicación en relación con la presunción de inocencia y su posible responsabilidad frente a la difusión de investigaciones penales.

Los daños a la reputación son irreversibles, aunque existan mecanismos para indemnizar a los afectados, especialmente con la difusión en redes sociales, en las cuales la huella digital es imborrable, por lo que se hizo un llamado para actuar en forma responsable en la difusión de información, tanto en medios tradicionales como en los digitales.

Los daños a la reputación de las personas son imborrables

Autor:

Carlos Bonilla. Socio Senior Advisor en AB Estudio de Comunicación.

@CarlosBonillaMx

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